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Me acosté dejando mi móvil a un lado para poder dormir, pero se me vino Mónica a los pensamientos, su sonrisa y sus ojos que me quemaban cada vez que la miraba y cuando porfin estaba logrando cerrar los ojos una notificación me despertó. Era ella.

De: Mónica carrillo
Para: Vanesa Martín
Asunto: Objeciones

Querida señorita Martín:
Aquí está mi lista de objeciones. Espero que el miércoles las discutamos con calma en nuestra
cena.

Los números remiten a las cláusulas.

¿Se está refiriendo nada menos que a las cláusulas? La señorita carrillo lo ha revisado a conciencia. Abro una copia en la pantalla para consultarlo.

CONTRATO
A día _________  («fecha de inicio»)
ENTRE
LA SRTA. VANESA MARTÍN
(«la ama»)
Y LA SRTA. MÓNICA CARRILLO
(«la Sumisa»)

LAS PARTES ACUERDAN LO SIGUIENTE

1. Los puntos siguientes son los términos de un contrato vinculante entre la ama y la Sumisa.

TÉRMINOS FUNDAMENTALES

2. El propósito fundamental de este contrato es permitir que la Sumisa explore su sensualidad
y sus límites de forma segura, con los debidos respeto y consideración por sus necesidades,
sus límites y su bienestar.

3. La Ama y la Sumisa acuerdan y admiten que todo lo que suceda bajo los términos de este
contrato será consensuado y confidencial, y estará sujeto a los límites acordados y a los
procedimientos de seguridad que se contemplan en este contrato. Pueden añadirse límites y
procedimientos de seguridad adicionales.

4. La Ama y la Sumisa garantizan que no padecen infecciones sexuales ni enfermedades graves, incluyendo VIH, herpes y hepatitis, entre otras. Si durante la vigencia del contrato
(como se define abajo) o de cualquier ampliación del mismo una de las partes es diagnosticada o tiene conocimiento de padecer alguna de estas enfermedades, se compromete a informar a la otra inmediatamente y en todo caso antes de que se produzca cualquier tipo de contacto entre las partes.

5. Es preciso cumplir las garantías y los acuerdos anteriormente mencionados (y todo límite y
procedimiento de seguridad adicional acordado en la cláusula 3). Toda infracción invalidará
este contrato con carácter inmediato, y ambas partes aceptan asumir totalmente ante la otra las
consecuencias de la infracción.

6. Todos los puntos de este contrato deben leerse e interpretarse a la luz del propósito y los
términos fundamentales establecidos en las cláusulas 2-5.

FUNCIONES

7. La Ama será responsable del bienestar y del entrenamiento, la orientación y la disciplina de
la Sumisa. Decidirá el tipo de entrenamiento, la orientación y la disciplina, y el momento y el
lugar de administrarlos, atendiendo a los términos acordados, los límites y los procedimientos
de seguridad establecidos en este contrato o añadidos en la cláusula 3.

8. Si en algún momento la ama no mantiene los términos acordados, los límites y los procedimientos de seguridad establecidos en este contrato o añadidos en la cláusula 3, la Sumisa tiene derecho a finalizar este contrato inmediatamente y a abandonar su servicio a la ama sin previo aviso.

9. Atendiendo a esta condición y a las cláusulas 2-5, la Sumisa tiene que obedecer en todo a la ama. Atendiendo a los términos acordados, los límites y los procedimientos de seguridad
establecidos en este contrato o añadidos en la cláusula 3, debe ofrecer a la ama, sin preguntar
ni dudar, todo el placer que esta le exija, y debe aceptar, sin preguntar ni dudar, el
entrenamiento, la orientación y la disciplina en todas sus formas.

INICIO Y VIGENCIA

10. La Ama y la Sumisa firman este contrato en la fecha de inicio, conscientes de su naturaleza
y comprometiéndose a acatar sus condiciones sin excepción.

11. Este contrato será efectivo durante un período de tres meses desde la fecha de inicio
(«vigencia del contrato»). Al expirar la vigencia, las partes comentarán si este contrato y lo
dispuesto en el mismo son satisfactorios y si se han satisfecho las necesidades de
cada parte. Ambas partes pueden proponer ampliar el contrato y ajustar los términos o los
acuerdos que en él se establecen. Si no se llega a un acuerdo para ampliarlo, este contrato
concluirá y ambas partes serán libres para seguir su vida por separado.

DISPONIBILIDAD

12. La Sumisa estará disponible para la ama desde el viernes por la noche hasta el domingo
por la tarde, todas las semanas durante la vigencia del contrato, a horas a especificar por la Ama («horas asignadas»). Pueden acordarse mutuamente más horas asignadas adicionales.

13. La Ama se reserva el derecho a rechazar el servicio de la Sumisa en cualquier momento y
por las razones que sean. La Sumisa puede solicitar su liberación en cualquier momento,
liberación que quedará a criterio de la ama y estará exclusivamente sujeta a los derechos de la
Sumisa contemplados en las cláusulas 2-5 y 8.

UBICACIÓN

14. La Sumisa estará disponible a las horas asignadas y a las horas adicionales en los lugares
que determine la ama. La ama correrá con todos los costes de viaje en los que incurra la
Sumisa con este fin.

PRESTACIÓN DE SERVICIOS

15. Las dos partes han discutido y acordado las siguientes prestaciones de servicios, y ambas
deberán cumplirlas durante la vigencia del contrato. Ambas partes aceptan que pueden surgir
cuestiones no contempladas en los términos de este contrato ni en la prestación de servicios, y
que determinadas cuestiones podrán renegociarse. En estas circunstancias, podrán proponerse
cláusulas adicionales a modo de enmienda. Ambas partes deberán acordar, redactar y firmar
toda cláusula adicional o enmienda, que estará sujeta a los términos fundamentales
establecidos en las cláusulas 2-5.

AMA

15.1. La Ama debe priorizar en todo momento la salud y la seguridad de la Sumisa. La ama
en ningún momento exigirá, solicitará, permitirá ni pedirá a la Sumisa que participe en las
actividades detalladas en el Apéndice 2 o en toda actividad que cualquiera de las dos partes
considere insegura. La Ama no llevará a cabo, ni permitirá que se lleve a cabo, ninguna
actividad que pueda herir gravemente a la Sumisa o poner en peligro su vida. Los restantes
subapartados de esta cláusula 15 deben leerse atendiendo a esta condición y a los acuerdos
fundamentales de las cláusulas 2-5.

15.2. La Ama acepta el control, el dominio y la disciplina de la Sumisa durante la vigencia del
contrato. La ama puede utilizar el cuerpo de la Sumisa en cualquier momento durante las
horas asignadas, o en horas adicionales acordadas, de la manera que considere oportuno, en
el sexo o en cualquier otro ámbito.

15.3. La ama ofrecerá a la Sumisa el entrenamiento y la orientación necesarios para servir
adecuadamente a la ama.

15.4. La ama mantendrá un entorno estable y seguro en el que la Sumisa pueda llevar a cabo
sus obligaciones para servir a la ama.

15.5. La ama puede disciplinar a la Sumisa cuanto sea necesario para asegurarse de que la
Sumisa entiende totalmente su papel de sumisión y para desalentar conductas inaceptables. La ama puede azotar, zurrar, dar latigazos y castigar físicamente a la Sumisa si lo considera oportuno por motivos de disciplina, por placer o por cualquier otra razón, que no
está obligado a exponer.

15.6. En el entrenamiento y en la administración de disciplina, la ama garantizará que no
queden marcas en el cuerpo de la Sumisa ni heridas que exijan atención médica.

15.7. En el entrenamiento y en la administración de disciplina, la Ama garantizará que la
disciplina y los instrumentos utilizados para administrarla sean seguros, no los utilizará de
manera que provoquen daños serios y en ningún caso podrá traspasar los límites establecidos
y detallados en este contrato.

15.8. En caso de enfermedad o herida, la ama cuidará a la Sumisa, vigilará su salud y su
seguridad, y solicitará atención médica cuando lo considere necesario.

15.9. La Ama cuidará de su propia salud y buscará atención médica cuando sea necesario para
evitar riesgos.

15.10. La Ama NO prestará su Sumisa a otro amo u ama.

15.11. La ama podrá sujetar, esposar o atar a la Sumisa en todo momento durante las hora asignadas o en cualquier hora adicional por cualquier razón y por largos períodos de tiempo,
prestando la debida atención a la salud y la seguridad de la Sumisa.

15.12. La ama garantizará que todo el equipamiento utilizado para el entrenamiento y la
disciplina se mantiene limpio, higiénico y seguro en todo momento.

SUMISA

15.13. La Sumisa acepta a la ama como su dueña y entiende que ahora es de su propiedad y
que está a su disposición cuando a la ama le plazca durante la vigencia del contrato en
general, pero especialmente en las horas asignadas y en las horas adicionales acordadas.

15.14. La Sumisa obedecerá las normas establecidas en el Apéndice 1 de este contrato.

15.15. La Sumisa servirá a la ama en todo aquello que esta considere oportuno y debe
hacer todo lo posible por complacer a la ama en todo momento.

15.16. La Sumisa tomará las medidas necesarias para cuidar su salud, solicitará o buscará
atención médica cuando la necesite, y en todo momento mantendrá informada a la ama de
cualquier problema de salud que pueda surgir.

15.17. La Sumisa garantizará que toma anticonceptivos orales, y que los toma como y cuando
es debido para evitar quedarse embarazada con las prácticas a realizar.

15.18. La Sumisa aceptará sin cuestionar todas y cada una de las acciones disciplinarias que la
Ama considere necesarias, y en todo momento recordará su papel y su función ante a la ama.

15.19. La Sumisa no se tocará ni se proporcionará placer sexual sin el permiso de la ama.

15.20. La Sumisa se someterá a toda actividad sexual que exija la ama, sin dudar y sin
discutir.

15.21. La Sumisa aceptará azotes, zurras, bastonazos, latigazos o cualquier otra disciplina que
La ama decida administrar, sin dudar, preguntar ni quejarse.

15.22. La Sumisa no mirará directamente a los ojos a la ama excepto cuando se le ordene. La
Sumisa debe bajar la mirada, guardar silencio y mostrarse respetuosa en presencia de la ama.

15.23. La Sumisa se comportará siempre con respeto hacia su ama y solo se dirigirá a ella como
señorita, señorita Martín o cualquier otro apelativo que le ordene la ama.

15.24. La Sumisa no tocará a la ama sin su expreso consentimiento.

15.25. La sumisa acepta el total funcionamiento de el arnés que la ama lleva, también aceptando los cuidados del acuerdo 15.17.

ACTIVIDADES

16. La Sumisa no participará en actividades o actos sexuales que cualquiera de las dos partes
considere inseguras ni en las actividades detalladas en el Apéndice 2.

17. La ama y la Sumisa han comentado las actividades establecidas en el Apéndice 3 y hacen constar por escrito en el Apéndice 3 su acuerdo al respecto.

PALABRAS DE SEGURIDAD

18. La ama y la Sumisa admiten que la ama puede solicitar a la Sumisa acciones que no puedan llevarse a cabo sin incurrir en daños físicos, mentales, emocionales, espirituales o de otro tipo en el momento en que se le solicitan. En este tipo de circunstancias, la Sumisa puede
utilizar una palabra de seguridad. Se incluirán dos palabras de seguridad en función de la
intensidad de las demandas.

19. Se utilizará la palabra de seguridad «Amarillo» para indicar a la ama que la Sumisa está
llegando al límite de resistencia.

20. Se utilizará la palabra de seguridad «Rojo» para indicar a la  Ama que la Sumisa ya no
puede tolerar más exigencias. Cuando se diga esta palabra, la acción de la Ama cesará
totalmente con efecto inmediato.

CONCLUSIÓN

21. Las abajo firmantes hemos leído y entendido totalmente lo que estipula este contrato.
Aceptamos libremente los términos de este contrato y con nuestra firma damos nuestra
conformidad.

50 sombras de Martín (v) Where stories live. Discover now